Derecho del trabajo y relaciones laborales

Derecho del trabajo y relaciones laborales

jueves, 18 de octubre de 2012

PERSPECTIVAS PARA EL 2013 EN EL MERCADO DE TRABAJO; Por Valente Quintana

 Es importante aclarar al comenzar a redactar este artículo que las circunstancias políticas y económicas de nuestro país nos mantienen en tensión e incertidumbre, ya que día con día desde hace un par de meses a la fecha, en los noticiarios no pasa día sin que se de un vistazo a la evolución de la reforma laboral, que al día de hoy se encuentra en revisión por el senado y esta a punto de regresar a la Cámara de diputados para su total aprobación.

Luego entonces debido a lo que explico con anterioridad partiremos del hecho de que las reformas legales en materia de trabajo culminen como se espera con su total aprobación y entrada en vigor, punto desde el cual desarrollaremos este artículo que tiene como objetivo predecir un poco lo que nos espera el próximo año en mercado de trabajo.

El mercado de trabajo como bien sabemos se encuentra regulado en la actualidad por una legislación obsoleta para los métodos productivos vigentes, nos encontramos desfasados cuarenta años, por lo que esperamos que el próximo año ya contemos con esos avances tan necesarios y esperados, para poder regular adecuadamente el mercado de trabajo, ya que por fin parece que entendieron nuestras autoridades en materia y legisladores que el trabajo no se debe de adecuar a una legislación, sino que la legislación debe ser acorde a una realidad laboral, por lo que a pesar de no ser la reforma ideal la que se esta trabajando en el congreso, y faltarle varios elementos importantes, son rescatables y analizables ciertos puntos sobre los que si se están trabajando como es el caso de la mayor regulación acerca de la subcontratación o común mente llamada Outsourcing, o las nuevas modalidades de contratación, o incluso la posibilidad del pago por hora laborada.

Es de suma relevancia identificar que nuestro mercado de trabajo, se a adaptado a una economía competitiva global así como a los vigentes métodos de producción, y se ha separado paulatinamente  de los preceptos legales, recordando estos muchas veces solo en los casos de encontrarnos demandados por un despido injustificado, y es justo donde recordamos el “deber ser” de la relación laboral, pagando un alto precio por las omisiones en las que nos encontramos muchas veces por desconocimiento del patrón, y basta recordar uno de los más importantes principios  jurídicos que nos dice que “El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”, por lo que hay un temor latente entre los probables inversionistas nacionales y extranjeros al pensar en poner una unidad económica y crear con ella empleos, por lo que las circunstancias globales de competitividad, métodos de producción, y el propio mercado de trabajo nos exige la flexibilización en los puestos de trabajo.

Nos enfocaremos entonces y por el público al que va dirigida esta publicación a los aspectos más relevantes en contenido sustantivo de la reforma, del cual podemos identificar como temas con mayor sustancia, la creación de nuevas figuras jurídicas de relación laboral, de las cuales destacan la contratación a prueba, y por capacitación inicial de hasta seis meses, relaciones laborales que presumen de facilitar la terminación de la relación laboral de una manera más sencilla, y que atentan directamente contra la estabilidad en el empleo, y justo con estos argumentos debo darle cierta dirección a un argumento interesante  que he tocado en artículos pasados, y precisamente se refiera a que en efecto se busca con estas formas de contratación el hacer más flexible y barata la rotación del recurso humano, hecho que desde luego toma mucho sentido en voz de diversos especialistas que dicen con razón que atenta directamente contra la estabilidad en el empleo, principio fundamental promulgado por la Organización Internacional del Trabajo. Desde luego atenta contra la estabilidad pero solo de esta manera puede ser competitiva una economía emergente como la de nuestro país, basta con ver el ejemplo de economías como la China o la India, países en los que tienen muy limitados derechos los trabajadores, pero potencias macro económicas.

Por otro lado dentro de las reformas encontramos también que se podrá considerar la opción del salario por hora, que en un principio mucha gente pensó que entonces hablaríamos de un salario mínimo fraccionado, lo que nos daría como resultado la hora trabajada en siete pesos, hoy ya sabemos que no es así, y que la hora trabajada tampoco podrá ser menor al salario mínimo de una jornada, lo que aparentemente dio un alivio momentáneo a quien en principio vio el panorama de una hora de siete pesos, sin embargo aquí vale la pena adelantarnos un poquito en tiempo, y pensar como si ya estuviera vigente esta modalidad, pues nos encontraremos con profesionistas que en vez de cumplir con jornadas completas en un empleo, solo serán contratados por tres o cuatro horas pagadas con el salario mínimo cada una, ganando entonces en este empleo un salario de aproximadamente siete mil pesos, lo que provocara que entonces el tiempo restante busquen otro empleo con características similares, luego entonces si bien se crearan mayores empleos, cada empleado contratado actualmente en una empresa, bajo esas circunstancias se tendrá que contratar en dos empleos, entonces el crecimiento de empleos será muy relativo y ahora cada trabajador necesitara dos trabajos.

Ahora toca analizar el tema de la subcontratación o comúnmente llamado Outsourcing que es un método por el cual una segunda empresa funge como proveedor de personal a una primera empresa, y método con el cual gran parte de patrones pretenden evadir sus responsabilidades patronales, sin embargo este tema no había quedado muy claro con la legislación actual por lo que pretendieron darle una mayor regulación para aclararnos el tema, sin embargo, y esto si he de comentarlo se me hace raro, limita de manera muy significativa el papel que tiene en la actualidad, ya que enfatiza, en primer lugar que las empresas de Outsourcing no podrán tener la totalidad de trabajadores de la empresa, y en segundo termino que no podrán proveer el personal cuyas funciones sean esenciales en la naturaleza de la empresa, en este orden de ideas la reforma le pega a la gran mayoría de empresas de Outsourcing, y solo dejaría operar a las empresas de Outsourcing puro y especializado, por ejemplo las empresas proveedoras de elementos de seguridad privada o casos similares.

También me gustaría tocar otro tema que lamentablemente se termino omitiendo de la reforma y es para mi gusto el de mayor urgencia en reformarse, y se trata del tema sindical, en un principio se propuso dentro del proyecto de reforma mayor transparencia sindical tanto en aspecto económico como contractual, así como mayor libertad sindical, sin embargo como llego a la discusión de la cámara de diputados, fue eliminada de tajo esta sección lo que hace desesperanzadora la reforma que tenemos en puerta, si bien, y pensando de la mejor manera, busca mayor inversión privada nacional y extranjera, mayor creación de empleos, mayor productividad y mayor competitividad, es eclipsada en sus buenos deseos con la falta de mayor regulación del sindicalismo nacional, ya que este es el mayor temor de los inversionistas, y obstaculiza la productividad al interior de los centros de trabajo, y más aun los sindicatos que son los más que se dedican a extorsionar a la pequeña y mediana empresa con sus emplazamientos a huelga faltos de legitimidad pero legales al fin y al cabo, y si tomamos en cuanta que la pequeña y mediana empresa proveen el 85% de puestos de trabajo, luego entonces obstaculizan también la creación de empleos.

Desde mi muy particular punto de vista el panorama laboral del próximo año no pinta muy alentador, tendremos que aprender nuevas maneras y métodos de trabajo, y procurar hacer más atractiva la inversión de capital, es cierto que debemos quitarnos la venda de los ojos y ver que atenta contra la estabilidad en el empleo, y hace más vulnerable al trabajador, atentan también contra el equilibrio entre capital y trabajo, pero es cierto también que solo atentando contra estos principios  una economía emergente podrá ser más competitiva a nivel global y mejorar su macroeconomía, pero el trabajo se precarizará aun más, y sin la regulación del sindicalismo, principal miedo del inversionista creo que se sacrificara al trabajador en vano. En pocas palabras veo para el próximo año más distante todavía la brecha que existe entre las grandes masas de capital nacional y el proletariado, mayor empleo, pero de un empleo devaluado, pero las buenas intenciones seguirán vigentes.



Lic. Valente Quintana Pineda
Especialista en Derecho del trabajo

Licenciado en derecho por UNITEC, posgrado en derecho del trabajo por la UNAM, con estudios en Derecho comparado del trabajo por el Centro de Estudios Internacionales Marco Biagi de la Universidad de Modena  y Reggio Emilia y el IIJ UNAM, y estudios en Organización Internacional del Trabajo por la Asociación de Naciones Unidas de Venezuela, Consultor en relaciones laborales bajo su propia firma www.proteccionaltrabajo.org, así como Director de la Asociación Latinoamericana de Protección al Trabajo A.C., Editor de factorlaboral.blogspot.com, y articulista de temas laborales para diversas publicaciones.

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