Derecho del trabajo y relaciones laborales

Derecho del trabajo y relaciones laborales

martes, 7 de febrero de 2012

FACTOR LABORAL, PREVENTIVO MÁS QUE CORRECTIVO; Por Valente Quintana

FACTOR LABORAL, PREVENTIVO MÁS QUE CORRECTIVO
Artículo publicado previamente en el mes de febrero de la revista Consultoría de editorial RaGo

La realidad económica y social de nuestro país en la actualidad se encuentra en un momento realmente  desafortunado, sin embargo no privado de prosperidad si se desarrollan ciertas practicas evolutivas en algunas de sus áreas más importantes, como por ejemplo la temática laboral de nuestro país.

Hoy en día es por todos conocido que urge una reforma legal en materia de trabajo, que se someta y sea acorde a las circunstancias derivadas de un mercado laboral actual, con una planeación integral de acuerdo a  las necesidades vigentes, renovando sus aspectos sustantivos, así como los adjetivos, toda vez que como es bien sabido tenemos más de treinta años con una legislación laboral que no ha sido tocada, y sus respectivas ampliaciones en el año setenta y en el año ochenta no son más que enmendaduras superficiales que no tienen implicaciones mayores en los derechos laborales establecidos originalmente en nuestra carta magna, remitiéndonos en un gran porcentaje de su contenido a una legislación laboral posrevolucionaria redactada en 1931, evidentemente obsoleta para una realidad actual.

Ya habiendo tocado uno de los puntos que podemos desarrollar para aventajar económicamente y crear un mayor porcentaje de empleos, es buen momento para reflexionar y hacer el análisis de si en verdad una nueva Ley Federal del Trabajo nos traerá una mejora económica por si sola, o si en lugar de esperar mejoras mágicas e instantáneas la comunidad empresarial de nuestro país y sobre todo las pequeñas y mediana empresas serán las principales responsables de poner en marcha los mecanismos emanados de una próxima legislación, si no maravillosa, si un poco más actual y que contemple temas tan importantes como la subcontratación, o los contratos para capacitación o de prueba.

Hago el debido énfasis en la comunidad empresarial, sobre todo en la pequeña y mediana empresa, por que son el sector más importante a nivel trabajo posicionándose en el primer lugar como generadoras de empleo con un 85% del total de vacantes ofertadas en nuestro mercado laboral, y es justo el sector que por un nulo asesoramiento o desconocimiento de la ley, y de sus responsabilidades patronales, se ven en apuros frecuentemente a causa de contingencias laborales, como lo pueden ser las demandas de sus trabajadores, muchas veces llegando al punto de perder la empresa a causa de un laudo ejecutoriado.

Es importante que las PYMES contemplen los supuestos jurídicos en materia de trabajo y tengan el buen hábito de cumplir con las obligaciones que tienen como patrón emanadas de la propia ley, como el documentar diferentes aspectos de la relación laboral, como por ejemplo horarios, salarios y la totalidad de las condiciones generales de trabajo.
Es de suma importancia que el gremio patronal tome la responsabilidad de cumplir con las obligaciones legales laborales emanadas de la ley vigente, o de la probable futura legislación, toda vez que si en la actualidad no se cumple con su contenido, no es de sorprenderse que tampoco se cumpla la futura norma  e insisto nuevamente en la pequeña y mediana empresa, toda vez que es la responsable del mayor número de empleos hoy en día, y no es conveniente para la economía nacional pensando en sus dos factores de origen, que por el incumplimiento de la norma, que en realidad no tiene gran dificultad, se vayan perdiendo las fuentes de empleo del sector que engrosa la gran mayoría del mercado laboral.
Hemos encontrado varios factores por los que la pequeña y mediana empresa por lo general contienen cierta apatía, talvez natural, hacia el rubro jurídico -  laboral de sus negocios, dejándolos normalmente a la deriva, ya que pueden operar los mismo sin ningún tipo de miramiento en materia, pero que sin embargo cuando se ven en la necesidad de darle atención a este rubro, es por que seguramente han recibido una notificación de demanda por medio de un actuario de la Junta de Conciliación y Arbitraje, y al acudir a un abogado especialista, lo primero que les preguntara será; ¿Con que tipo de documentos cuenta para probar las condiciones generales de trabajo?; y no tener ninguno, esto por que los documentos a los que nunca se les presto adecuada atención, son los que se pretende utilizar como pruebas, y al no tener ningún tipo de documentación nos veremos en un estado de indefinición provocado por no prevenir este tipo de situaciones.
No cabe la menor duda de que la prevención en materia laboral nos ahorrara muchos miles de pesos a la larga, siempre será mejor manejar un adecuado sistema de administración de relaciones laborales, a pagar laudos condenatorios por no contar con los mínimos legales, que además de ser obligaciones del patrón, al mismo tiempo lo protegerá contando con pruebas documentales idóneas al momento de encontrarse demandado.
Es importante para cualquier tipo de negocio que maneje aunque sea un solo trabajador tener un buen sistema de administración de relaciones laborales, el que normalmente comenzara a la hora de la contratación de un trabajador que de acuerdo a la naturaleza del trabajo que desempeñara será el tipo de contrato de trabajo que se firmara con el nuevo elemento, contemplando que  el contrato de trabajo puede variar en sus tres vertientes; por tiempo indeterminado que es la regla general de contratación, esto atendiendo al principio internacional de la OIT de estabilidad en el empleo, puede ser también por tiempo determinado que es excepción a la regla y se utiliza sobre todo para cubrir incapacidades, o cuando nos encontramos en la necesidad de contratar más empleados por una determinada temporada, y por obra determinada, que se utiliza por lo general para contratar personal solo para desarrollar un determinado proyecto.
Otro aspecto muy importante por documentar es el salario, y este debe de ser documentado con un recibo correctamente elaborado en el que se describa con claridad salario base, prestaciones y deducciones, esto por supuesto además de llevar fines administrativos tiene la clara intención de que al encontrarnos demandados no nos podrán sorprender con salarios exagerados que no podamos desvirtuar.
Y otro claro ejemplo de falta de documentación se da con frecuencia al terminar la relación laboral con algún colaborador y pagarle ya sea un finiquito o una liquidación, y sin embargo no existe ningún tipo de recibo o carta renuncia, por lo que no podremos acreditar en su momento que no fue un despido injustificado, o en su caso que se le pago una liquidación conforme a derecho, como vemos el documentar cada etapa de la vida laboral de un empleado es de suma importancia, además de una obligación patronal, además de los elementos anteriormente citados nos conviene redactar actas administrativas para acreditar faltas o causales de despido del personal, cartas custodia de la herramienta de trabajo que les proporcionemos a nuestros trabajadores, convenios de confidencialidad, avisos ante la Junta de C. y A. de faltas injustificadas y para rescindir la relación laboral, y por supuesto un buen Reglamento interior de trabajo.
 Como vemos hay que tener cuidado en administrar correctamente el aspecto laboral de una empresa, y si no se tiene la infraestructura necesaria para tener permanentemente a alguien que nos lo administre, acudir con un profesional, buscando siempre por seguridad y economía de la empresa el aspecto preventivo antes  del correctivo.
Como podemos apreciar no es tan complicado tener cierto orden en la documentación que nos servirá para protegernos ante una siempre probable demanda laboral, y recordar que con esta documentación nos defenderá un abogado, por lo que será mejor que un abogado redacte dichos documentos, no un contador, o un administrador, no es su especialidad.


Lic. Valente Quintana Pineda
Consultor en relaciones laborales



Licenciado en derecho, con posgrado en derecho del trabajo por la UNAM, con estudios en Organización Internacional del Trabajo por la Asociación de Naciones Unidas de Venezuela, Consultor en relaciones laborales bajo su propia firma www.proteccionaltrabajo.org, así como director de la Asociación Latinoamericana de Protección al Trabajo A.C., editor de factorlabora.blogspot.com y articulista de temas laborales en diversas publicaciones.








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