Derecho del trabajo y relaciones laborales

Derecho del trabajo y relaciones laborales

lunes, 23 de julio de 2012

LA TECNOLOGÍA EN LA PRODUCTIVIDAD INDUSTRIAL; Por Valente Quintana

Es innegable que nuestros días no son  concebibles ya sin el uso de la tecnología presente en cualquier momento, lugar o incluso para cualquier uso, la tecnología ha evolucionado a pasos acelerados, y más en nuestros tiempos, es más, me atrevo a decir que hemos desarrollado tecnología que sirve para revolucionar inmediatamente más tecnología, podemos pensar en los primeros inventos tecnológicos teniendo como ejemplos básicos por su importancia para la humanidad, la imprenta, o también el caso de la locomotora impulsada por vapor, cada uno de estos inventos en su momento sorprendentes desarrollos para el uso de la humanidad.

Es a principios del siglo XIX cuando el resultado de la tecnología da entrada a la Gran Bretaña en primera instancia a una revolución industrial rompiendo los esquemas implantados por el trabajo manual, dando como resultado nuevos métodos industriales que permitían una fuerte aceleración en tiempo y costo de la producción, y generando un impulso gigantesco al comercio de la época,  dando así nacimiento además a un nuevo sistema económico, así como también a una división social por el surgimiento del proletariado urbano, así como de su contraparte la burguesía industrial, entre las cuales y desde entonces, surgen grandes diferencias, ideológicas económicas, políticas y sociales  posteriormente motivadoras del capitalismo y del socialismo.

Derivado por los antecedentes antes mencionados y con la tecnología del momento en 1908 Henry Ford establece las cadenas de producción, sistema que permite generar una producción en serie uniforme de artículos de consumo masivo a bajo costo, en este caso con su famoso y emblemático Ford T ejemplo rector del sistema económico de más de la mitad del siglo XX, modelo industrial que en determinados sectores resultaría muy eficaz, manteniéndose vigente hasta nuestros tiempos.

Sin embargo, es en  la década de los 70s cuando otra empresa del sector también automotriz, hoy ampliamente conocida como Toyota con una tecnología más desarrollada pero sobre todo con procesos novedosos, desarrolla un sistema de producción que a la postre se le conocería como el Toyotismo, que tiene como principales características, que su producción se realizara conforma a pedidos, con un alto índice de eficacia, y con la diversificación de sus productos con una baja producción, y por lo que al tema laboral se refiere, busca manejar poco personal, con condiciones laborales flexibles y habilidades multifuncionales, como podemos ver el Toyotismo viene a revolucionar el sistema implantado por el Fordsismo apostándole a la eficacia sobre todo, y al no manejar un gran stock de producto, de tal manera que a su vez economizarán la producción teniendo ahorros significativos rompiendo con las cadenas de producción y grandes inventarios.

En este punto vale la pena abrir un paréntesis para analizar en que situación nos encontramos hoy en nuestro país, es evidente que el sistema productivo implantado por Toyota resulta mucho más atractivo por los ahorros y calidad que procuran, sin embargo si pensamos que nuestra Ley Federal del Trabajo esta redactada casi en su totalidad en 1931, es fácil advertir que fue implementada pensando en un sistema de cadenas de producción, para el cual en su momento resulto muy revolucionario sin embargo para un sistema como el de Toyota que requiere trabajadores en condiciones flexibles y multifuncionales resulta obsoleto, y hoy la gran mayoría de industrias privadas operan bajo la filosofía del “just in time” y para su mayor eficacia se necesita la tan esperada reforma laboral que en muchos de sus puntos a reformar van encaminada a responder a esta filosofía productiva.

Bajo estos aciertos productivos y tecnológicos es fundamental analizar el acelerado crecimiento que  hemos vivido sobre todo en los medios de comunicación las ultimas generaciones, aun recuerdo que hace no tantos años lo más novedoso en sistemas de comunicación eran los radios bip que veíamos en los cinturones de algunos médicos o agentes de seguros, o los primeros teléfonos celulares que ocasionalmente veíamos en los automóviles de lujo en las películas, vamos, tengo 30 años y recuerdo todos estos artículos que de niño me parecían que podrían corresponder a un tipo como James Bond, si en ese momento alguien me hubiera dicho que el ordenador que en ese momento yo veía con pantalla negra y letras verdes, en algún momento me serviría para hablar en vivo y en directo con alguien que se encontraría en algún país lejano y lo mejor de todo, por el precio equivalente a una lata de coca cola lo hubiera tachado de loco, pero hoy todo es posible, hoy sí somos participantes de la tecnología, y muchas veces la vemos con tanta cotidianeidad que perdemos de vista lo complejo que resulta su funcionamiento, hoy el teléfono fijo esta a punto de extinguirse ya que todos llevamos un teléfono móvil en el bolsillo en el que nos pueden localizar a toda hora, y que además de ser teléfono es una herramienta de administración, de cartografía, de fotografía, reproductor musical, enciclopedia y de mensajería instantánea, en verdad es una maravilla tecnológica.

En este orden de ideas, si a nosotros en lo personal nos ha beneficiado tanto la tecnología es interesante imaginar a la industria de consumo o de servicios la ventaja que les proporciona día con día, basta ya no con imaginar a las empresas del pasado que para recibir una carta del estado continuo se tardaban por lo menos una semana y en la actualidad reciben una carta instantáneamente del otro lado del mundo, carta que puede ser una orden de trabajo, una factura, una garantía o un sinnúmero de posibilidades, trabajadores que desde que desde Japón pueden armas un producto en Brasil, o abogados o médicos que pueden dictar una conferencia a miles de kilómetros en tiempo real, incluso las licenciaturas o maestrías que son impartidas através de Internet.

Sin embargo en este punto cabe señalar después de analizar todas las ventajas del desarrollo tecnológico así como de los sistemas de producción un fenómeno bastante predecible, y tiende a desembocar en una ruptura económica política y social internacional. La tecnología como bien sabemos permite hacer más con menos,  estructurando un poco más este ejemplo, nos permite tener una mayor producción en tiempos bastante cortos y con un personal cada vez menor, sin embargo mientras más empleos sean recortados por  desarrollo tecnológico la población se vera envuelta en un gradual desempleo al punto incluso de ser generalizado, luego entonces si la gran mayoría de la población es separada de su empleo ¿Quien tendrá capital para comprar los productos que se desarrollen con esa tecnología?. Aun se prefiere ver ese fenómeno lejano, pero hoy vemos los mejores salarios en profesionistas involucrados con el desarrollo tecnológico, así como en los profesionistas involucrados más directamente en el estudio de los mercados, sin embargo mientras no se tenga un equilibrio entre producción y empleo,  estaremos formando una pirámide de eliminación económica y social de quienes pierden el empleo por la tecnología, y en este punto creo interesante recordar la teoría económica Keynesiana referente a que la producción de cada país debe de ser proporcional al nivel de ingresos de sus habitantes.

Como vemos es necesario establecer un equilibrio entre avances tecnológicos y población económicamente activa, toda vez que para que prevalezca la tecnología se inclina la balanza a la desaparición de la misma, la tecnología puede y ha traído un desarrollo para beneficio de la humanidad indiscutible, sin embargo de la mano han traído un déficit ocupacional, y un alto índice de consumismo, y como en varias circunstancias un mal uso de la tecnología puede traer la desaparición de otros tantos avances, y para muestra un ejemplo  tangible para todos que se da en el gremio musical, debemos generar una responsabilidad social tecnológica y conciliando ambos factores con el fin de que prevalezcan los beneficios de la tecnología a la empresa pero sobre todo a la sociedad.


Lic. Valente Quintana Pineda
Consultor en relaciones laborales


jueves, 19 de julio de 2012

CONTRATO DE PROTECCIÓN, EL SINDICATO COMO ALIADO;


El poder legislativo esta próximo a una renovación integral de los elementos que la componen, y considero que la generación saliente de diputados y senadores del legislativo federal, dejan una gran deuda con nuestro país, ya que a pesar de los intentos que hubieron, fueron todos fallidos, por llevar a cabo las reformas legales estructurales, nuevamente nos dejaron como legado solo sus mejores deseos, esto en el mejor de los casos.

Si bien son varias las reformas estructurales que nuestro país necesita, me enfocare en uno de los puntos necesarios de abordar en la normativa laboral nacional, y es la que se refiere al aspecto colectivo de las relaciones laborales, toda vez que si queremos lograr la atracción de inversión de capital privado, nuestro poder legislativo debe comenzar por establecer las condiciones mínimas para brindarle seguridad al capital de los inversionistas.

Analizare esta vez  el tema colectivo, en México la legislación laboral permite que un sindicato emplace a huelga a una empresa cuando esta no tiene firmado un contrato colectivo de trabajo con algún sindicato, y si la autoridad califica la huelga como existente permitirá que un sindicato por completo ajeno a la representación de nuestros trabajadores cierre nuestros establecimientos o centros de trabajo, entorpeciendo nuestro sistema de producción y generando al mismo tiempo salarios caídos de los trabajadores, demandado de esta manera la firma de un contrato colectivo, casi siempre amedrentando al patrón.

Los sindicatos ya cuentan con toda una estrategia integral para operar, estos envían a sus “Delegados” a las calles a buscar empresas chicas, medianas y grandes sin contrato colectivo, en el mejor de los casos les extienden un citatorio para plantearles que no tienen muchas opciones, por lo cual, o  firman contrato con ellos o los emplazaran a huelga, en otros casos acuden a las empresas ya con emplazamiento a huelga en mano pidiendo la firma del contrato, o importantes sumas monetarias a cambio de un desistimiento de su acción,  en fin en ocasiones en este tipo de contingencias muchas empresas desaparecen por la importante descapitalización a la que son sometidas.

En este punto cabe hacer mención en cuanto a que existen dos tipos de sindicatos de acuerdo a su manera de operar, hasta este punto hemos hablado de los sindicatos llamados rojos, o activos, que se han convertido en el terror de los patrones, llegan a la empresa la chupan hasta no quedarles ni un peso y se van, pero a todo mal, se le encuentra su antídoto, que en este caso son los sindicatos blancos, o inactivos, al servicio siempre del patrón, y que sirven efectivamente como blindaje a los primeros, que ante los ojos de varios sectores se les descalifica por que no ejercen una representación real del trabajador, sino fungen como aliados del patrón para evitar los problemas que ya mencionamos por parte de otros sindicatos.

Es común y hasta cierto punto entendible que los empresarios ya sea pequeños o grandes siempre tiendan a evitar la relación con un sindicato, y más en un país como el nuestro donde el sindicalismo ha terminado velozmente con varias fuentes de empleo y la extorsión sea su manera natural de acción, y es común también que el empresario promedio no entienda a primera instancia con facilidad la diferencia entre los dos tipos de sindicatos, sin embargo es siempre recomendable comenzar operaciones lo mejor protegidos posibles, y como especialista en la materia no puedo negar que el contrato de protección sirve como un contrato de seguro, con el que nos evitaremos tener conflictos colectivos de trabajo, y encontrarse a salvo de los sindicatos activos o rojos ya es una buena seguridad para la empresa.

Si acaso existieran ciertas dudas acerca del contrato colectivo de trabajo, es importante mencionar que es el acuerdo de voluntades donde un patrón y un sindicato establecen las condiciones generales de trabajo, así como las prestaciones a los trabajadores de determinada empresa, y tiene como propósito conceder condiciones supra y extra legales a las mencionadas en la Ley Federal del Trabajo en beneficio de los trabajadores, sin embargo, en la practica es muy diferente, ya que si por error o premura terminamos firmando un contrato colectivo de trabajo con un sindicato activo, pretenderán incrementar salarios de manera incosteable así como prestaciones que de antemano saben que la economía de la empresa nos impedirá aceptar, en cuyo caso impondrán una alta suma para negociar, así como también nos impondrán múltiples cuotas para actividades deportivas o culturales para los trabajadores, que siempre terminan en el bolsillo del líder sindical, constantemente incrementándolas haciendo insostenible la empresa.

Por otro lado tenemos el sindicato blanco con quien firmaremos un contrato colectivo con las condiciones generales de trabajo y prestaciones contenidas en la propia ley, quien no incrementara los montos año con año, a menos que topemos con el salario mínimo y a quien se le pagara una cuota anual previamente establecida la cual podría tener un incremento moderado y previamente establecido también.

Como vemos no es que un sindicato sea bueno y otro malo, si le preguntan al trabajador, el villano es el sindicato blanco ya que trabaja como aliado del patrón y no lo protege, y si se le pregunta al patrón, el villano es el rojo, por que tiene una acción natural de extorsión y profundamente arraigada, si nos vamos al fondo del asunto, ninguno de los dos tipos de sindicatos cumple con su objeto y naturaleza de protección y representación obrera, la perdieron casi de inicio, sin embargo la actuación de ninguno de los dos es ilegal, y ante los abusos legales de los sindicatos rojos, nacieron como antagonistas legales los sindicatos blancos a manera de antídoto, como especialista en la materia y asesor del sector empresarial se que mientras no se reforme la ley y sobre todo en este sentido, esto es lo que hoy tenemos y es con lo que tenemos que trabajar y proteger a la empresa, yo recomiendo al empresario que no lo tomen por sorpresa, ya que es solo cuestión de azar y tiempo, y recurra a un sindicato blanco para firmar un contrato de protección que lo mantendrá blindado legalmente de conflictos colectivos de trabajo y de muchos dolores de cabeza.

Lic. Valente Quintana Pineda
Consultor en relaciones laborales
vquintana@proteccionaltrabajo.org

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miércoles, 18 de julio de 2012

COMO SALIR BIEN LIBRADO DE UNA INSPECCIÓN DE TRABAJO?

Debido a la temática del suplemento especial de este número considero interesante analizar un procedimiento legal que rara vez tomamos en cuenta a la hora de analizar nuestras probables contingencias laborales para una adecuada prevención, y me refiero a la inspección de trabajo, procedimiento legal administrativo que realiza la autoridad administrativa local o federal en materia laboral, esto en orden de su competencia.
En primer término es importante aclarar que el procedimiento de inspección de trabajo es la visita que la autoridad laboral realiza al centro de lbores de una empresa con el fin de comprobar el cumplimiento de las normas legales aplicables en materia de trabajo, tanto en las instalaciones, como de las relaciones laborales que se tienen con el factor humano de la organización, y es importante también mencionar que el sustento legal de la Inspección de trabajo se encuentra dentro de la Ley Federal del Trabajo, así como en el Reglamento General para la Inspección y Aplicación de sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral.
Las Inspecciones de trabajo podrán ser de cuatro tipos, la Inicial, que como su nombre lo indica se realizara al iniciar operaciones en un nuevo centro de trabajo, y se enfocara en verificar que las condiciones de seguridad e higiene, así como que de capacitación y adiestramiento sean cumplidas, así mismo que las diferentes Comisiones mixtas bipartitas se encuentren integradas y legalmente constituidas.
Por otro lado también encontramos las Inspecciones periódicas que realiza la autoridad con intervalos aproximados a un año con el fin de llevar una revisión constante de que se encuentren cumplimentándose las normas en materia laboral, y no existan violaciones a las condiciones generales de trabajo como por ejemplo, verifican que los salarios sean pagados por encima de los mínimos legales, al igual que las vacaciones y aguinaldos sean pagados en tiempo y forma, de la misma manera que sea realice el pago de utilidades tal como exige la normativa en materia.
Y como tercera vertiente vemos la inspección de verificación o de comprobación que se llevara a cabo a causa del resultado de cualquiera de las anteriormente citadas, en las que el inspector hubiera notado algún incumplimiento a las condiciones generales de trabajo, de seguridad e higiene o de capacitación y adiestramiento, y se realiza con el propósito de que se verifique que efectivamente la violación señalada ha sido subsanada por parte del patrón.
Por ultimo tenemos la Inspección especial, la cual se debe a denuncia de los propios trabajadores acerca de violaciones a la normatividad laboral por parte del patrón al interior de la empresa, y para la cual el trabajador deberá acudir directamente a las oficinas de la Dirección de Inspección de la Secretaría del Trabajo estatal, o en su caso federal, esto por razón de competencia, y presentar formalmente su denuncia para que sea canalizada con algún Inspector de trabajo, quien será el encargado de realizar la visita con el fin de conocer acerca de las quejas presentadas.
Ahora bien, es importante conocer a detalle cuales son los puntos fundamentales para salir invictos de una inspección de trabajo, para lo que analizamos algunos conceptos básicos de los instructivos de inspección, dentro de los cuales como primer término encontramos el requerimiento del Contrato colectivo de trabajo, así como del Reglamento interior de trabajo de la empresa, mismo que se le deberá de exhibir al inspector a fin de que del mismo se analice que toda y una de sus cláusulas se encuentren apegadas a derecho, y las condiciones generales que se desprenden de los mismos no sean inferiores a los conceptos establecidos en la norma laboral como mínimos.
 También así se requerirá a la empresa los documentos de carácter administrativo laboral que tiene como obligación el patrón tener en su poder para acreditar las condiciones generales de trabajo de cada trabajador, tales como el contrato individual de trabajo independientemente de su tipo de temporalidad o naturaleza, recibos de salarios de los cuales se desprenda que efectivamente los salarios pagados son iguales o superiores al mínimo, así como el pago de prestaciones legales en tiempo y forma de acuerdo con las antigüedad de cada uno de los trabajadores.
Además de los documentos laborales anteriormente mencionados el Inspector de trabajo verificara que el patrón cumpla se con las normas referentes a la seguridad e higiene en el trabajo, así como de capacitación y adiestramiento, así como de la Constitución de sus respectivas comisiones mixtas para lo cual considero muy importante comenzar por explicar que la empresa tiene la obligación junto con los trabajadores de constituir diferentes comisiones mixtas bipartitas con la representación  del patrón y sus representantes, así como con la representación de los trabajadores y su sindicato, estas para establecer programas y generalidades normativas en diferentes factores de la relación laboral, para lo cual considero importante en este punto enlistar cada una de las diferentes comisiones mixtas;
-          Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento
-          Comisión Mixta de Seguridad e Higiene
-          Comisión Mixta de Reglamento Interior de Trabajo
-          Comisión Mixta de Cuadro de Antigüedades
-          Comisión Mixta de Participación de Utilidades
Cada una de las diferentes comisiones realizara los trabajos en conjunto para cada uno de los rubros referentes a los programas que atañen, programas y medidas que tendrá también el Inspector de trabajo que revisar en su conjunto, y se les deberá de dar un adecuado seguimiento por cada una de las comisiones.

Es decir que no basta con la simple constitución de las Comisiones mixtas, sino que se revisara el trabajo realizado desde la constitución de cada una de las comisiones, a la fecha de la inspección, trabajo que tiene como propósito el cumplimiento con la normativa referente a cada uno de los ejes temáticos de cada comisión.
Como vemos para salir bien librados de una Inspección de trabajo, tendremos que tener un buen trabajo administrativo documental laboral al interior de la empresa, trabajo que en muchas ocasiones deberemos de hacer en conjunto con un sindicato, obviamente de nuestra confianza y con el que tengamos firmado un contrato de protección, el cual no es más que un Contrato colectivo solo con los mínimos legales y que generalmente protege al empresario de extorsiones por parte de otros sindicatos quienes amenazan al patrón con emplazamientos a huelga por falta de contrato colectivo, pero del contrato de protección hablaremos en otra ocasión, esta vez basta con mencionar que un sindicato blanco de protección, será quien nos ayude a tener todo este control documental, que nos será requerido ante una Inspección de trabajo y desde luego asesorarse oportunamente de un especialista en materia de trabajo para tener todo nuestro trabajo documental en regla.


Lic. Valente Quintana Pineda
Consultor en relaciones laborales

Licenciado en derecho por UNITEC con posgrado en derecho del trabajo por la UNAM, con estudios en Organización Internacional del Trabajo por la Asociación de Naciones Unidas de Venezuela, Consultor en relaciones laborales bajo su propia firma www.proteccionaltrabajo.org, así como Director de la Asociación Latinoamericana de Protección al Trabajo A.C., Editor de factorlaboral.blogspot.com, y articulista de temas laborales para diversas publicaciones.