Derecho del trabajo y relaciones laborales

Derecho del trabajo y relaciones laborales

lunes, 18 de julio de 2011

IDENTIDAD WHITE COLLAR, TAN INCOMODA COMO CIERTA; Por Valente Quintana P.

Me es grato tocar en esta ocasión un tema, sin duda bastante interesante y de delicado analisis,  hablaremos de los trabajadores de confianza, o ahora popularmente llamados trabajadores de cuello blanco, ¿Y quienes son estos trabajadores? Pues normalmente son profesionistas de clase media o media alta, que ocupan puestos administrativos en corporativos de empresas con reconocida importancia, y que como la naturaleza de su trabajo no se desenvuelve en campos de construcción o fábricas pierden un poco la objetividad de su papel en cuanto a los factores de la economía se refiere, refiriéndonos a capital y trabajo.

Es triste ver como renuncian a sus derechos sistemáticamente los trabajadores de este tipo, o en ocasiones no se toman la molestia de conocerlos, no importa el derecho de cobrar utilidades, no se les respeta el derecho de cobrar horas extras, resultando bastante cómoda para los patrones esta ideología puramente corporativa, ahorrándose sumas importantes de capital con la implementación de esta mentalidad en sus ejecutivos, que sobra decir peca de ignorante y toma un papel sumiso y de aceptación, como claro ejemplo de esta actutud podemos ver como estos trabajadores compiten en ver quien sale más tarde de la oficina sin cobrar horas extras buscando el encanto del patrón, aunque claro, en ocasiones esas horas extras no son acordes a la productividad obtenida.

Conozco varias empresas de diversos sectores en las que todos sus empleados ocupan puestos gerenciales para mantener esta línea, y para en medida de lo posible no dar pie a una infiltración sindical, hoy es muy claro que un trabajador promedio prefiere tener una jefatura de área y trabajar en un corporativo con horarios muy superiores a los máximos legales, a tener acceso a sus derechos laborales fundamentales, y bueno, sobra decir que no es raro encontrar puestos como Gerente del departamento de informática  en empresas donde no tienen más de dos computadoras, o una Jefatura de atención al publico donde las funciones de la jefa del área no varían en nada a las funciones de una recepcionista, y el salario menos.

La figura de empleado de confianza que maneja la Ley federal del trabajo abre espacio a muchas dudas acerca de cuales son sus principales características, se menciona que deben de tener actividades de administración, dirección o fiscalización, pero en realidad se puede dirigir, administrar o fiscalizar desde una transacción fundamental para una empresa hasta la recepción o equipo de mantenimiento de la misma, es más, la citada ley siendo reglamentaria del articulo 123 constitucional no puede reglamentar figuras jurídicas que la propia constitución no establece, y si una ley reglamentaria se excede en relación con la ley que reglamenta deberá considerarse anticonstitucional.

Volviendo a lo básico de este articulo, lo que encuentro preocupante es como una identidad corporativa puede violentar los derechos de trabajadores de diversos sectores, envolviéndolos con mentalidades burdas acerca de su verdadera postura en la balanza de los sectores de la producción, y es más indignante ver como los trabajadores de este tipo se someten a la batuta violatoria de los derechos laborales que ejecutan los grandes corporativos sin mediar protesta alguna.

Tuve la experiencia de asesorar a una empresa de alto perfil, donde la totalidad de trabajadores eran gerentes o subdirectores, solo contaban con una recepcionista que no tenia ese perfil, la asesoría brindada era en relación a un cierre de operación por la problemática económica que atravesaba  la empresa, y al platicar con sus ejecutivos (trabajadores) me comentaban que no habían recibido nunca sus utilidades, lo cual era injusto e ilegal, que llevaban más de diez años trabajando y jamás les fueron pagadas sus horas extras, lo cual era lamentable ya que su derecho había prescrito, y claro, que hace más de tres años no tomaban vacaciones.

 Ante esta situación dejaron a un lado las actitudes que tanto tiempo habían conservado como altos ejecutivos, y más bien me pareció que por fin entendieron cual era su posición en la balanza de factores, finalmente el empresario, su patrón, emprendería nuevamente un negocio, y  nuevamente se vería en la necesidad de contratar personal para atender ciertas áreas afines a la naturaleza del nuevo negocio, al fin y al cabo esa era su posición en la balanza de factores, y a los ex gerentes o ex subdirectores les tocaría nuevamente buscar trabajo, así mismo les solicitamos de la manera más amable nos acompañaran a la Junta de Conciliación y Arbitraje del D.F. para pagar sus liquidaciones a fin de evitar futuros malos entendidos, donde tuvieron que esperar a que se realizaran las ratificaciones de convenios de otros trabajadores; un oficial albañil y un chofer de un camión repartidor respectivamente, cuando fue el turno de los trabajadores a los que liquidaríamos el personal de la Junta les dio el mismo trato que a cualquier otro trabajador, y fue entonces cuando observe en sus rostros una imagen de aceptación con un toque de decepción, al entender por fin que el hecho de usar traje todos los días, gozar de un buen salario, trabajar en un corporativo, no les quitaba ni una pizca de la calidad de “trabajador” y era tarde ya para defender y proteger los derechos que a tantos trabajadores en su momento les costo la vida para obtener su conquista, conquista de sector, conquista de clase.
Este breve articulo lo escribo con el propósito de crear una conciencia en los niveles gerenciales y directivos, que en ocasiones minimizan al primer eslabón productivo,  la mano obrera, finalmente todos trabajamos para un mejor porvenir, y si se depende de un salario para subsistir debemos que tener presentes y defender nuestros derechos laborales, por nosotros y por los que vienen, sirvan estos párrafos como invitación a no renunciar a lo que por ley nos corresponde, por que como ya mencionamos, a los que estuvieron antes que nosotros les costaron varias luchas adquirir esos derechos, el derecho laboral protege al factor trabajo, y si recibes un salario no puedes negar tu inclusión en la clase trabajadora.

Lic. Valente Quintana Pineda

Asociación Latinoamericana
de Protección al Trabajo A.C.

www.proteccionaltrabajo.org

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